Inflables en Puerto Rico- ¿Cómo contratar inflables para su actividad?

Ley #111 de Seguridad en la Operación de Inflables para la Diversión

Según la Ley # 111 del 17 de abril de 2003 a la hora de contratar una compañía de Renta de Equipo Inflables (casa de Brincos). Usted debe saber lo siguiente:

En los últimos años ha habido una creciente demanda de entretenimiento familiar mediante el uso de inflables. Esto ha traído la proliferación de personas y negocios que se dedican a satisfacer dicha demanda, en muchos casos, faltos de conocimientos y prácticas adecuadas para la operación segura de estos equipos. Actualmente existen personas dedicadas al negocio de los inflables, que no los han registrado como un negocio bonafide, no pagan patentes, contribuciones ni arbitrios y tampoco sufragan seguros de responsabilidad pública para responder a los daños ocasionados por la operación negligente del mismo.
 
SELECCIONE LEER MÁS PARA CONOCER CÓMO PUEDE IDENTIFICAR LAS PERSONAS QUE NO CUMPLEN CON LA LEY.
 

¿Cómo usted puede identificar a estas personas que no cumplen con la ley?

En ocasiones le ofrecen precios por debajo del mercado y por tiempo exagerado. Ya que como no invierten en los costos operacionales, como permisos, seguros y patentes pueden ofrecer esas ofertas tentadoras. Pero mucho cuidado que lo barato le puede salir caro, ya que comúnmente las personas que llevan a cabo esta actividad comercial ejercen las siguientes prácticas que afectan el bienestar de nuestros niños: con frecuencia los operadores son menores de edad, en ocasiones dejan sin la supervisión adecuada a nuestros niños, no le retiran los objetos punzantes ni los zapatos y mucho menos los clasifican de acuerdo a su estatura o edad, poniendo en riesgo a nuestros niños. Pero ciertamente la competencia afecta significativamente los intereses de los pequeños comerciantes legales establecidos y la seguridad de nuestros niños.

La Ley #111 de bomberos de P.R. establece que los operadores de inflables deben tomar las siguientes medidas de seguridad para poder operar dichos equipos: 

1. Tener licencia de bomberos
2. Pagos de patentes y permisos
3. Póliza de responsabilidad pública (con cubierta adecuada)
4. Operadores tiene que ser mayores de 18 años
5. No se puede rentar el equipo sin operador
6. Pautar reglas de seguridad
7. No consumir bebidas alcohólicas mientras opera el equipo
8. Entre otros…

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